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Cambio de estatus a inversionista por tratado E-2

Invirtió en un negocio en EE. UU. Ahora diríjalo desde aquí.

  • Formulario I-129
  • Formulario I-539

Si es ciudadano de un país con tratado y ha invertido en un negocio en EE. UU., el estatus E-2 le permite vivir aquí y dirigirlo, sin salir para solicitarlo en el extranjero.

Le ayudamos a presentar su inversión y su plan de negocios en un paquete claro y bien organizado.

De qué nos encargamos

  • Sus documentos de inversión y negocio estructurados
  • Formularios preparados para usted y su familia
  • Un paquete de pruebas claro e indexado

Información general

El cambio de estatus a E-2 permite que una persona que ya está en Estados Unidos con otro estatus de no inmigrante, como B-2 o F-1, pase a ser inversionista o empleado E-2 por tratado sin salir del país. Suelen considerarlo quienes han decidido invertir en un negocio en EE. UU. y dirigirlo.

Para el cambio de estatus, la empresa E-2 calificada presenta ante USCIS el formulario I-129 con el Suplemento de Clasificación E-1/E-2 mientras el solicitante sigue en estatus válido. El inversionista debe ser nacional de un país con tratado con Estados Unidos, la inversión debe ser sustancial y estar en una empresa real y en funcionamiento, y el inversionista debe estar para desarrollarla y dirigirla. Varios países de América Latina, como México, Argentina, Colombia y Chile, tienen tratado E-2. El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años presentan el formulario I-539, y el cónyuge puede estar autorizado a trabajar por su estatus.

Si se aprueba, el estatus E-2 generalmente se otorga por hasta dos años a la vez desde dentro de EE. UU. y puede extenderse. El cambio de estatus no le da una visa E-2 en el pasaporte; si viaja, generalmente debe solicitarla en un consulado de EE. UU. La aprobación nunca está garantizada.

Para quién es

  • Visitantes o estudiantes que invirtieron en un negocio en EE. UU. y quieren dirigirlo
  • Nacionales de un país con tratado E-2 con una inversión sustancial y comprometida
  • Empleados clave de una empresa E-2 con la misma nacionalidad de tratado
  • Familias que quieren cambiar de estatus junto con el inversionista
  • Inversionistas que prefieren iniciar el proceso sin salir de EE. UU.

Cómo funciona

  1. Revisamos elegibilidad y plazos

    Revisamos su nacionalidad, estatus actual, fecha de I-94 y el negocio para ver si el cambio a E-2 encaja con su situación.

  2. Construimos el expediente de inversión

    Le damos una lista detallada para documentar el origen de los fondos, la inversión, la creación del negocio y su papel.

  3. Preparamos el plan de negocios y los formularios

    Preparamos el formulario I-129 con el suplemento E-1/E-2, la carta de apoyo y el I-539 de su familia, y le ayudamos a organizar su plan de negocios.

  4. Revisamos el paquete con usted

    Usted revisa cada formulario y anexo con nosotros antes de presentarlo, para que la historia y las cifras coincidan.

  5. Presentación y seguimiento

    El paquete se presenta ante USCIS mientras usted está en estatus válido, y le informamos sobre avisos y cualquier solicitud de evidencia.

Documentos que suelen necesitarse

  • Pasaporte, I-94 vigente y visa de cada solicitante
  • Prueba de nacionalidad del país con tratado
  • Documentos de constitución de la empresa y registros de propiedad
  • Prueba de la inversión: transferencias, compras, arrendamiento y equipo
  • Documentación del origen de los fondos
  • Plan de negocios con proyecciones de contratación y financieras
  • Prueba de que el negocio opera o está listo para operar, como licencias y contratos
  • Actas de matrimonio y de nacimiento de los dependientes

Plazos

Debe estar en estatus válido cuando se presenta el cambio de estatus, así que empiece a preparar bastante antes de la fecha de su I-94. Armar el expediente de inversión suele ser lo que más tiempo toma. Los tiempos y las tarifas cambian, y puede haber procesamiento prioritario para el I-129 con un costo adicional; USCIS publica los tiempos y tarifas vigentes en uscis.gov.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer un cambio de estatus a E-2 estando en EE. UU.?

Sí, si está en un estatus de no inmigrante válido, la empresa E-2 puede presentar el formulario I-129 para pedir el cambio a E-2. Debe ser nacional de un país con tratado y cumplir los requisitos de inversión. Quienes entraron con ESTA generalmente no pueden cambiar de estatus.

¿Cuánto dinero necesito invertir para la visa E-2?

No hay un mínimo fijo. La inversión debe ser sustancial en relación con el costo del negocio, estar en riesgo y comprometida con una empresa real y en funcionamiento. En negocios de menor costo normalmente se espera invertir una proporción mayor.

¿El cambio de estatus a E-2 me da una visa?

No. USCIS otorga el estatus E-2, no una visa en el pasaporte. Si viaja al extranjero, generalmente debe solicitar la visa E-2 en un consulado de EE. UU. antes de regresar.

¿Mi cónyuge puede trabajar con estatus E-2?

El cónyuge con estatus E-2 puede estar autorizado a trabajar por ese estatus. Su cónyuge y sus hijos menores de 21 años presentan el formulario I-539 para cambiar de estatus junto con usted.

¿Qué países califican para la visa E-2?

Solo los nacionales de países con un tratado calificado con Estados Unidos pueden solicitarla. El Departamento de Estado publica la lista vigente de países con tratado.

¿Es mejor el cambio de estatus o tramitar en el consulado?

Cada vía tiene ventajas y desventajas. El cambio de estatus le permite quedarse en EE. UU., mientras que el trámite consular le da una visa para viajar. La mejor opción depende de sus planes y su situación.

Esta página ofrece información general sobre cómo suelen funcionar estas solicitudes, no un consejo para su caso concreto. Las reglas, formularios y tarifas de USCIS cambian; consulte uscis.gov para lo más reciente.